Si pasados dos (two) meses desde la fecha de registro de la comunicación continúa la mora, la Administradora de Riesgos Laborales dará aviso a la Empresa y a la Dirección Territorial correspondiente del Ministerio del Trabajo para los efectos pertinentes. ARTÍCULO 4º. Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral la contraída como https://courtneyh789uqm6.losblogos.com/profile