Por último, el citado artículo 156 de la LGSS establece que no tendrán consideración de accidente de trabajo “Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado”. Los accidentes de representación son aquellos que ocurren cuando el trabajador, en cumplimiento de órdenes del empleador, se encuentra https://kemalv368afl8.dreamyblogs.com/profile